Viernes, 19 de diciembre de 2025

Acciones COAS: Ciudad deportiva de Lora del Río

El Colegio, en su compromiso con la defensa de la profesión y la mejora de las condiciones de los concursos públicos de arquitectura, ha remitido una carta de observaciones, con fecha 18 de diciembre de 2025, a la entidad convocante de la licitación del Servicio de redacción del proyecto técnico de mejoras en la ciudad deportiva y edificio de graderío con vestuarios para campo de fútbol y pista de atletismo en SSGG 1.4., en el término municipal de Lora del Río (Sevilla).

Tras el análisis de los pliegos que rigen la licitación, el COAS ha trasladado las siguientes observaciones:

  1. El objeto y la complejidad del contrato justifican su adjudicación mediante concurso de proyectos, conforme al artículo 183 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).
  2. Tratándose de una edificación de uso deportivo, la redacción del proyecto corresponde en exclusiva a arquitecto, de conformidad con la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
  3. El criterio de adjudicación relativo a la reducción de plazo no guarda relación con la calidad del proyecto y no puede considerarse un criterio cualitativo válido.
  4. El criterio de adjudicación sobre experiencia complementaria presenta indeterminación, incoherencias en la puntuación, umbrales de PEM desproporcionados y requisitos restrictivos que afectan al principio de concurrencia.
  5. El criterio de adjudicación relativo al compromiso de asumir la Dirección de Obras valora una prestación ajena al objeto del contrato, anticipando condiciones de contratos futuros. La Dirección de Obras debe ser objeto de adjudicación conjunta con el proyecto o, en su caso, de un contrato independiente. La Dirección de Obras no debe fraccionarse ni dividirse en lotes, siendo de aplicación los artículos 99.3, 145.2 y 308.4 de la LCSP.
  6. La documentación facilitada a los licitadores resulta insuficiente para la correcta formulación de las ofertas. El Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) no contempla datos técnicos esenciales, tales como metros cuadrados asignados a cada uso previsto, planos editables de situación, topográficos, acometidas y servicios, entre otros.
  7. Los criterios de adjudicación relacionados con la calidad no alcanzan el 51 %, vulnerándose lo dispuesto en el artículo 145.4 de la LCSP.
  8. Debe exigirse una propuesta técnica, a valorar como criterio de adjudicación sujeto a juicio de valor.

Suspensión del procedimiento de licitación |  |  19 de diciembre de 2025

Como resultado de las actuaciones realizadas, el Ayuntamiento de Lora del Río ha acordado, con fecha 18 de diciembre, la suspensión del procedimiento de licitación y la anulación del pliego y del anuncio de licitación, mediante el siguiente acuerdo:

“Se acuerda:

PRIMERO. Suspender el procedimiento de licitación del contrato del servicio de asistencias técnicas para la redacción del Proyecto Técnico de mejoras en la ciudad deportiva y edificio de graderío con vestuarios para campo de fútbol y pista de atletismo en SSGG 1.4., anulando su convocatoria y el anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP), procediendo a la rectificación puntual de los pliegos que rigen dicha licitación.

SEGUNDO. Retrotraer las actuaciones del expediente hasta el momento de la redacción de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, ordenando la nueva redacción de los pliegos que han de regir el contrato y el proceso de adjudicación.

TERCERO. Una vez aprobados los nuevos pliegos, se reconvocará la licitación, otorgando un nuevo plazo de presentación de proposiciones.

CUARTO. Publicar la presente decisión en el perfil de contratante del Ayuntamiento y en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP)".

Desde el Colegio se ha agradecido al Ayuntamiento la celeridad y disposición en la atención del escrito presentado, y nos ponemos a su disposición para colaborar en cuanto consideren necesario.

El COAS trabaja diariamente en la revisión de pliegos y condiciones para garantizar procesos justos y adecuados para el ejercicio profesional, preservar los derechos de los arquitectos y arquitectas, y promover una arquitectura de calidad. Se continuará informando sobre este y otros procedimientos en los que se vele por la calidad en las convocatorias, concursos y licitaciones.