Decreto 127/2024, de 16 de julio, por el que se acuerda la formulación de la revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía
Dentro
del procedimiento de revisión del Plan de Ordenación del Territorio de
Andalucía (POTA), el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en su reunión celebrada el 16 de julio
de 2024, a propuesta de la Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda y conforme a lo establecido en los artículos 21.3 y 27.8 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre y artículo 89 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, acordó la formulación de la revisión del Plan de Ordenación del Territorio de
Andalucía.
Por
otro lado, dentro de la segunda fase de redacción del Plan, se han elaborado el
Borrador del Plan y el Documento Inicial
Estratégico.
El
Documento Inicial Estratégico se elabora para iniciar el procedimiento de
evaluación ambiental estratégica que, junto con un Borrador del Plan y la
solicitud de inicio de dicho procedimiento, han sido presentados ante el órgano
ambiental.
Antecedentes
Actualmente
se encuentra vigente el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía que fue
aprobado por el Parlamento el 26 de octubre de 2006 en el marco de la Ley
1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, ya derogada. Tras esta versión inicial, la Ley 7/2021, de 1 de
diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía derogó
la norma 45.4.a del POTA.
Desde
la aprobación del POTA, se han producido numerosos cambios tanto a nivel
legislativo como en la situación socioeconómica, ambiental y territorial de Andalucía.
Es, por ello, que la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la
Sostenibilidad del Territorio de Andalucía recoge que la revisión del POTA debe
realizarse de forma inminente, para adecuar la ordenación territorial a la
realidad actual, potenciando las actuaciones territoriales directas y
facilitando la adaptación de los instrumentos de ordenación urbanística dentro
del marco competencial que establece esta Ley.
Objeto
Entre
las finalidades del POTA, que se está revisando, se encuentran las siguientes: conseguir
el equilibrio y la cohesión social y económica del territorio; la utilización
racional de los recursos naturales y la coordinación y cooperación con las
regiones del entorno geopolítico próximo.
Para
ello, se establecerán las directrices territoriales estratégicas que promuevan
el desarrollo rural proporcionando un mayor equilibrio entre el medio urbano y el
rural mediante mecanismos que reviertan la tendencia de concentración de la
población en unas zonas en detrimento de otras, se pondrá en valor el
patrimonio natural, cultural y el paisaje como recursos básicos de la
ordenación territorial de Andalucía, se promoverá el uso racional de los
recursos naturales, entre ellos, los recursos hídricos; los recursos
energéticos, priorizando las energías renovables y los criterios de eficiencia
energética; y el suelo de forma que se fomente su ocupación racional y su
óptimo aprovechamiento en el territorio, se le dará preferencia a la
regeneración, renovación y redensificación del suelo ya transformado para la
implantación de nuevas actividades económicas. Todo ello con la finalidad de
aumentar la eficiencia de los servicios públicos, promover la competitividad de
los sectores productivos y mejorar la calidad de los ciudadanos.
Ámbito de aplicación
El
ámbito de aplicación de la revisión del POTA comprenderá la totalidad del
territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Publicación
El
pasado 19 de julio de 2024, se
publicó en el BOJA número 140, el Decreto
127/2024, de 16 de julio, por el que se acuerda la formulación de la revisión
del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.
Entrada en Vigor
El
Decreto 127/2024, de 16 de julio, por el que se acuerda la formulación de la
revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía entró en vigor al
día siguiente de su publicación.
Trámite actual en el proceso de
Revisión del POTA
Una
vez elaborados el Borrador del Plan y el Documento Inicial Estratégico y
admitida la solicitud de inicio a trámite por el órgano ambiental, se someten ambos
documentos a consulta de las administraciones públicas afectadas y de las
personas interesadas, que se pronunciarán en el plazo de 45 días
hábiles desde su recepción, a través del Portal de Transparencia de la Junta de
Andalucía.
Concluido
el plazo de consulta pública, el órgano ambiental elaborará y remitirá al
órgano sustantivo el documento de alcance para la elaboración del Estudio
Ambiental Estratégico.
En
paralelo a esta fase de tramitación del Plan, se están llevando a cabo
actividades de participación que tienen por objeto el debate institucional y
social del diagnóstico y propuestas del Borrador del Plan.
Plazo de consultas y admisión de
propuestas
Según
nos han informado desde el Servicio de Planificación Regional y Paisaje de la
Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,
tanto el documento de Borrador del Plan, como el Documento Inicial Estratégico
se encuentran en fase de aportación de propuestas de cara a la elaboración de
la Versión Preliminar del Plan. La
aportación de propuestas se podrá realizar hasta el 5 de diciembre de 2024
a través del buzón de sugerencias del portal que la Junta de Andalucía ha
habilitado.
Presentación de propuestas
Como
se ha indicado, la presentación de las propuestas para la elaboración de la
Versión Preliminar del Plan se puede hacer a través del buzón de sugerencias en
el siguiente enlace:
O
a través del siguiente correo electrónico: buzon@andaluciaordenacionterritorial.es
Urbancoas
Los textos completos tanto del Borrador del Plan
como del Documento Inicial Estratégico, así como otra documentación relativa a
la tramitación de la revisión del POTA, se pueden consultar en la página web URBANCOAS en el siguiente enlace: