Jueves, 14 de noviembre de 2024

Formulación de la Revisión del POTA. Borrador del Plan y Documento Ambiental Estratégico

Decreto 127/2024, de 16 de julio, por el que se acuerda la formulación de la revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía

Dentro del procedimiento de revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en su reunión celebrada el 16 de julio de 2024, a propuesta de la Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda y conforme a lo establecido en los artículos 21.3 y 27.8 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre y artículo 89 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, acordó la formulación de la revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

Por otro lado, dentro de la segunda fase de redacción del Plan, se han elaborado el Borrador del Plan y el Documento Inicial Estratégico.

El Documento Inicial Estratégico se elabora para iniciar el procedimiento de evaluación ambiental estratégica que, junto con un Borrador del Plan y la solicitud de inicio de dicho procedimiento, han sido presentados ante el órgano ambiental.

Antecedentes

Actualmente se encuentra vigente el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía que fue aprobado por el Parlamento el 26 de octubre de 2006 en el marco de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ya derogada. Tras esta versión inicial, la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía derogó la norma 45.4.a del POTA.

Desde la aprobación del POTA, se han producido numerosos cambios tanto a nivel legislativo como en la situación socioeconómica, ambiental y territorial de Andalucía. Es, por ello, que la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía recoge que la revisión del POTA debe realizarse de forma inminente, para adecuar la ordenación territorial a la realidad actual, potenciando las actuaciones territoriales directas y facilitando la adaptación de los instrumentos de ordenación urbanística dentro del marco competencial que establece esta Ley.

Objeto

Entre las finalidades del POTA, que se está revisando, se encuentran las siguientes: conseguir el equilibrio y la cohesión social y económica del territorio; la utilización racional de los recursos naturales y la coordinación y cooperación con las regiones del entorno geopolítico próximo.

Para ello, se establecerán las directrices territoriales estratégicas que promuevan el desarrollo rural proporcionando un mayor equilibrio entre el medio urbano y el rural mediante mecanismos que reviertan la tendencia de concentración de la población en unas zonas en detrimento de otras, se pondrá en valor el patrimonio natural, cultural y el paisaje como recursos básicos de la ordenación territorial de Andalucía, se promoverá el uso racional de los recursos naturales, entre ellos, los recursos hídricos; los recursos energéticos, priorizando las energías renovables y los criterios de eficiencia energética; y el suelo de forma que se fomente su ocupación racional y su óptimo aprovechamiento en el territorio, se le dará preferencia a la regeneración, renovación y redensificación del suelo ya transformado para la implantación de nuevas actividades económicas. Todo ello con la finalidad de aumentar la eficiencia de los servicios públicos, promover la competitividad de los sectores productivos y mejorar la calidad de los ciudadanos. 

Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación de la revisión del POTA comprenderá la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Publicación

El pasado 19 de julio de 2024, se publicó en el BOJA número 140, el Decreto 127/2024, de 16 de julio, por el que se acuerda la formulación de la revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

Entrada en Vigor

El Decreto 127/2024, de 16 de julio, por el que se acuerda la formulación de la revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía entró en vigor al día siguiente de su publicación.

Trámite actual en el proceso de Revisión del POTA

Una vez elaborados el Borrador del Plan y el Documento Inicial Estratégico y admitida la solicitud de inicio a trámite por el órgano ambiental, se someten ambos documentos a consulta de las administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas, que se pronunciarán en el plazo de 45 días hábiles desde su recepción, a través del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

Concluido el plazo de consulta pública, el órgano ambiental elaborará y remitirá al órgano sustantivo el documento de alcance para la elaboración del Estudio Ambiental Estratégico.

En paralelo a esta fase de tramitación del Plan, se están llevando a cabo actividades de participación que tienen por objeto el debate institucional y social del diagnóstico y propuestas del Borrador del Plan.

Plazo de consultas y admisión de propuestas

Según nos han informado desde el Servicio de Planificación Regional y Paisaje de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, tanto el documento de Borrador del Plan, como el Documento Inicial Estratégico se encuentran en fase de aportación de propuestas de cara a la elaboración de la Versión Preliminar del Plan. La aportación de propuestas se podrá realizar hasta el 5 de diciembre de 2024 a través del buzón de sugerencias del portal que la Junta de Andalucía ha habilitado.

Presentación de propuestas

Como se ha indicado, la presentación de las propuestas para la elaboración de la Versión Preliminar del Plan se puede hacer a través del buzón de sugerencias en el siguiente enlace:

O a través del siguiente correo electrónico: buzon@andaluciaordenacionterritorial.es

Urbancoas

Los textos completos tanto del Borrador del Plan como del Documento Inicial Estratégico, así como otra documentación relativa a la tramitación de la revisión del POTA, se pueden consultar en la página web URBANCOAS en el siguiente enlace: